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News
La derrama en las comunidades de vecinos
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  NOV

La derrama en las comunidades de vecinos

La derrama es la cantidad que le corresponde pagar a cada vecino como consecuencia de un acuerdo adoptado por la junta de propietarios. La derrama es un gasto extraordinario que ha de ser atendido y que no estaba previsto en el presupuesto anual de gastos ordinarios. 
 
Las derramas más frecuentes en las comunidades de propietarios se acuerdan para pagar obras de mantenimiento o reparación exigidas por la Administración municipal o autonómica, para gastos de reparación o sustitución de ascensores, arreglos del portal, rotura de los elementos comunes, etcétera. 
 
Para aprobar la derrama de la comunidad, lo habitual es que previamente a que se le exija a cada propietario esa contribución económica se haya adoptado por la junta de propietarios el correspondiente acuerdo para aprobar el gasto y el importe de la derrama de los vecinos. Si es urgente la obra o reparación, puede acordarse por el presidente el inicio de las obras e inmediatamente convocar a la junta de propietarios para aprobación del presupuesto de gastos y las derramas a pagar por los propietarios. 
 
El importe de la derrama puede establecerse de dos maneras:
  • Por la cuota de participación que cada piso o local tiene asignada.
  • Que sea aprobado por unanimidad o que venga reflejado en los estatutos.
Algunos propietarios pueden estar exentos del pago de las derramas por algún gasto concreto, pero debe estar dispuesto en el titulo constitutivo, o porque así lo acuerde la comunidad. El ejemplo más común es el de sustitución de ascensores donde se establece que los propietarios de locales no contribuyen a dicho gasto. 
  
Si algún propietario no estuviera de acuerdo con la aprobar la la derrama, podría impugnarla. 
 
Las razones más frecuentes para impugnar una derrama suelen ser que el acuerdo se ha adoptado sin cumplir con las mayorías exigidas legalmente en el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal. 
 
tras razones tienden a impugnar el acuerdo del que se deriva la aprobación de la derrama porque se trata de obras de mejora, de innovaciones o de establecer nuevos servicios o instalaciones que no son necesarias para la adecuada conservación o habitabilidad del inmueble. 
 
Si no se paga la derrama aprobada y el acuerdo no ha sido impugnado y suspendido por un Juez, la comunidad de propietarios después de aprobar en junta la liquidación de la deuda de los vecinos morosos que no han pagado la derrama, puede iniciar un procedimiento judicial para su reclamación. 

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