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News
Ojo con el tiempo de comunicación al inquilino de no renovación del contrato de alquiler
 27

  MAY

Ojo con el tiempo de comunicación al inquilino de no renovación del contrato de alquiler

Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que modifica el artículo 10 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. Los propietarios de una vivienda en alquiler deberán comunicar al inquilino, con cuatro meses de antelación, y no con 30 días como estaban acostumbrados, la no renovación del contrato a su finalización tras 5 o 7 años de alquiler. 
 
Si el propietario no hace la comunicación en ese período, corre el riesgo de que el arrendamiento lo pueda prorrogar el inquilino hasta 3 años mas, según recoge el Real Decreto Ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.
 
Esta medida está en vigor en todos los contratos de alquiler firmados a partir del 6 de marzo de 2019.
 
Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de sus prórrogas, y transcurridos como mínimo 5 años de duración ( o 7 si el arrendador es una persona jurídica ) ninguna de las partes ha notificado a la otra (al menos con cuatro meses de antelación en el caso del arrendador y de dos en el caso del arrendatario) su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente hasta un máximo de tres años más.
 
¿Qué ocurre a la inversa?
Cuando es el inquilino el que no comunica al arrendador con dos meses de antelación que a la finalización definitiva del contrato no quiere volver a prorrogarlo corre el riesgo que el contrato se prorrogue por otra anualidad completa, que debería cumplir o asumir la penalización prevista.
 
Recordar que casi todos los plazos de comunicación de preavisos, regulados por la actual Ley de Arrendamientos Urbanos, marcan 30 días o un mes, excepto esta medida, que penaliza al arrendador con un período excesivamente largo. Actualmente los plazos de preaviso de la finalización de los arrendamientos de viviendas es un galimatías porque conviven hasta siete legislaciones o cambios normativos. Por todo esto, conocer las normas que regulan los arrendamientos de viviendas es complejo y confuso, incluso para los profesionales del sector. En el siguiente esquema, podemos ver de forma abreviada, esta normativa. 
 
José Carlos Hernández Álvarez
GABINETE JURÍDICO DE INTRA LEGAL

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